Comentario a la Sentencia nº 248/2026 del Juzgado de lo Social nº 3 de Pamplona, ya firme.
En BSC Abogados acabamos de obtener una sentencia favorable, ya firme, que reconoce la incapacidad permanente total a una trabajadora que prestaba servicios como cajera y reponedora en un supermercado, integrada como socia cooperativista y, por tanto, en régimen de autónomos. Es un caso especialmente ilustrativo porque demuestra que las secuelas neurológicas y cognitivas —muchas veces «invisibles» a simple vista— pueden impedir por completo el desempeño de una profesión aparentemente sencilla.
Explicamos a continuación qué se discutía, por qué el Juzgado nos dio la razón y qué puede hacer usted si se encuentra en una situación parecida.
1. El caso: una profesión exigente que la trabajadora ya no podía desempeñar
Nuestra clienta desarrollaba las funciones propias de cajera-reponedora: cobro a clientes, manejo de efectivo y medios de pago, cuadre de caja, reposición de lineales, control de caducidades y atención al público. Años atrás había sido intervenida quirúrgicamente de una lesión cerebral y, desde entonces, arrastraba secuelas que le impedían trabajar con normalidad.
Al no obtener en vía administrativa el reconocimiento de la incapacidad permanente, presentamos la correspondiente reclamación y, posteriormente, demanda ante el Juzgado de lo Social. El Juzgado de lo Social nº 3 de Pamplona ha estimado nuestra pretensión y le ha reconocido la incapacidad permanente total para su profesión habitual.
2. Las patologías que el Juzgado declaró probadas
La sentencia recoge en su hecho probado cuarto que la demandante presenta el siguiente cuadro clínico:
- Malformación vascular frontal izquierda, consistente en un cavernoma frontal subcortical con episodios hemorrágicos, intervenido quirúrgicamente en enero de 2015. Un cavernoma es una malformación de pequeños vasos sanguíneos en el cerebro que puede sangrar y provocar crisis epilépticas.
- Epilepsia focal estructural, en tratamiento farmacológico.
- Bradipsiquia, es decir, enlentecimiento del pensamiento.
- Síndrome amnésico moderado y síndrome disejecutivo moderado, con afectación de la velocidad de procesamiento, la atención alternante, la ejecución simultánea de tareas y el aprendizaje y consolidación inicial de información nueva.
El Juzgado añade que estas patologías son crónicas y definitivas y que ocasionan a la actora:
«limitaciones para la toma de decisiones, aprendizaje y atención, presentando lentitud de procesamiento, lo cual le afecta para el manejo del dinero y la multiactividad».
Esta última frase es decisiva: el manejo del dinero y la realización de varias tareas a la vez constituyen el núcleo de la profesión de cajera-reponedora.
3. ¿Qué es la incapacidad permanente total?
El artículo 194 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), en la redacción aplicable conforme a su disposición transitoria vigésima sexta, define la incapacidad permanente total como aquella que inhabilita al trabajador para la realización de todas o de las fundamentales tareas de su profesión habitual, siempre que pueda dedicarse a otra distinta.
La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha precisado que no basta con que la persona pueda realizar físicamente algunas tareas: lo relevante es si puede desempeñarlas con un mínimo de profesionalidad, rendimiento y eficacia, de forma continuada, sin riesgo para sí misma ni para terceros y sin un esfuerzo o sufrimiento desproporcionados. Por eso, la valoración no se hace en abstracto, sino comparando las limitaciones concretas del trabajador con los requerimientos reales de su puesto.
4. Por qué estas secuelas son incompatibles con el trabajo de cajera-reponedora
Es frecuente pensar que el puesto de cajera o reponedora de supermercado es «un trabajo ligero». Nada más lejos de la realidad cuando se analizan sus exigencias cognitivas:
- En caja, la trabajadora debe cobrar, dar el cambio correcto, gestionar tarjetas, vales y devoluciones, detectar errores de precio y cuadrar la caja al final del turno, todo ello con rapidez y atendiendo simultáneamente a la cola de clientes. La lentitud de procesamiento y la afectación de la atención alternante hacen inviable esta tarea con la precisión que exige el manejo de dinero ajeno.
- En la reposición, debe controlar existencias, fechas de caducidad y rotación de productos, memorizar ubicaciones y cambios de surtido, e interrumpir constantemente su labor para atender consultas. El síndrome amnésico y disejecutivo impide aprender y retener esas instrucciones y organizar el trabajo.
- La epilepsia, además, desaconseja el uso de escaleras, carretillas o transpaletas y el trabajo en solitario, por el riesgo que una crisis supondría para la propia trabajadora y para terceros.
En definitiva, la trabajadora no podía realizar las tareas fundamentales de su profesión habitual con la eficacia mínima exigible, que es exactamente el supuesto de la incapacidad permanente total.
5. La clave del éxito: acreditar bien las secuelas cognitivas
Las limitaciones neuropsicológicas no se aprecian en una radiografía ni en una exploración física rutinaria. Por eso, en estos procedimientos resulta esencial aportar informes de neurología y, sobre todo, una evaluación neuropsicológica que mida con pruebas objetivas la memoria, la atención, la velocidad de procesamiento y las funciones ejecutivas.
Igual de importante es describir con detalle el contenido real del puesto de trabajo. Solo así el Juzgado puede comprobar que las limitaciones médicas chocan con las exigencias concretas de la profesión. En este caso, ambos elementos fueron determinantes para que la sentencia vinculara expresamente las secuelas con el manejo del dinero y la multiactividad.
6. Incapacidad permanente de autónomos y socios cooperativistas
Muchos trabajadores autónomos y socios de cooperativas creen, erróneamente, que no pueden acceder a una pensión de incapacidad permanente. No es así. Los trabajadores incluidos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) —entre ellos, los socios cooperativistas que han optado por este régimen— tienen derecho a la incapacidad permanente total si cumplen los requisitos de alta o situación asimilada, periodo de cotización exigido y, en su caso, estar al corriente en el pago de las cuotas.
Los criterios médicos y jurídicos para valorar la incapacidad son los mismos que para los trabajadores por cuenta ajena: lo que importa es la relación entre las lesiones y la profesión efectivamente desempeñada.
7. ¿Qué supone económicamente la incapacidad permanente total?
La incapacidad permanente total da derecho a una pensión vitalicia del 55 % de la base reguladora. Este porcentaje puede incrementarse en un 20 % adicional (incapacidad permanente total cualificada) a partir de los 55 años, cuando por la edad, la falta de preparación general o especializada y las circunstancias sociales y laborales se presuma la dificultad de obtener empleo en otra actividad, y siempre que no se ejerza una actividad retribuida.
Además, la pensión es compatible con el trabajo en una profesión distinta, siempre que las nuevas funciones no coincidan con aquellas que dieron lugar a la incapacidad.
8. ¿Qué hacer si el INSS le deniega la incapacidad permanente?
Una resolución desfavorable del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) no es el final del camino. El procedimiento habitual es el siguiente:
- Reclamación previa ante el INSS, en el plazo de 30 días hábiles desde la notificación de la resolución (artículo 71 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).
- Demanda ante el Juzgado de lo Social en el plazo de 30 días desde la desestimación expresa o presunta de la reclamación previa.
- Juicio, en el que la prueba médica, pericial y documental sobre el puesto de trabajo resulta decisiva.
- Contra la sentencia cabe, en su caso, recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia.
Los plazos son breves y su incumplimiento puede hacer perder el derecho a reclamar, por lo que conviene consultar con un abogado especialista en cuanto se reciba la resolución.
9. Preguntas frecuentes
¿La epilepsia da derecho a la incapacidad permanente?
No automáticamente. Depende de la frecuencia de las crisis, del control con tratamiento, de las secuelas asociadas y, sobre todo, de las exigencias de la profesión. En puestos con manejo de maquinaria, conducción, trabajo en altura o gran carga cognitiva, las posibilidades aumentan considerablemente.
¿El deterioro cognitivo puede justificar una incapacidad aunque no tenga limitaciones físicas?
Sí. Como demuestra esta sentencia, las alteraciones de memoria, atención y funciones ejecutivas pueden impedir el desempeño de una profesión con la misma intensidad que una lesión física.
¿Puedo seguir trabajando si me reconocen la incapacidad permanente total?
Sí, en una profesión u oficio distinto de aquel para el que se ha declarado la incapacidad.
¿La incapacidad es para siempre?
La pensión es vitalicia, aunque el grado puede revisarse por agravación o mejoría conforme al artículo 200 de la LGSS.
Abogados especialistas en incapacidad permanente en Pamplona
En BSC Abogados estamos especializados en Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Estudiamos cada caso a partir de los informes médicos y del contenido real del puesto de trabajo para construir la mejor defensa ante el INSS y los Juzgados de lo Social.
Si el INSS le ha denegado la incapacidad permanente o considera que le corresponde un grado superior al reconocido, contacte con nosotros en el teléfono 948 390 260. Analizaremos su situación sin compromiso.