948 390 260 info@bscabogados.es

En BSC Abogados, despacho especializado en derecho laboral y de la Seguridad Social, hemos logrado una importante victoria judicial en defensa de los derechos de una trabajadora afectada por anorexia nerviosa.

El Juzgado de lo Social nº 1 de Pamplona, en su Sentencia nº 361/2025, ha estimado nuestra demanda y ha reconocido que no existía mejoría médica que justificara la reducción del grado de incapacidad, manteniendo así la incapacidad permanente absoluta previamente reconocida.

Este caso representa un precedente relevante para todas aquellas personas que, tras una revisión del INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social), ven revocada o reducida su pensión de incapacidad sin una justificación suficiente.

El caso: del reconocimiento a la revocación por parte del INSS

La trabajadora había sido reconocida en su momento en situación de incapacidad permanente absoluta por padecer anorexia nerviosa grave, enfermedad que le impedía realizar cualquier tipo de actividad laboral con un mínimo de eficacia, estabilidad y continuidad.

Tras varios años de seguimiento, el INSS inició un procedimiento de revisión de su situación. En la nueva resolución, la Administración entendió que existía una “mejoría” y redujo el grado de incapacidad a incapacidad permanente total, lo que implicaba una disminución de la pensión y el reconocimiento de que podía desempeñar otras profesiones distintas a la habitual.

Sin embargo, desde BSC Abogados entendimos que la decisión del INSS no se ajustaba a la realidad clínica ni jurídica de la trabajadora. La supuesta mejoría no estaba acreditada por informes médicos objetivos y, además, el cuadro de anorexia nerviosa continuaba generando una grave limitación funcional y emocional.

La intervención de BSC Abogados y la defensa jurídica

Como abogada especialista en derecho laboral y de la Seguridad Social, Berta Sanz Corretgé, directora de BSC Abogados, asumió la defensa de la trabajadora.

El objetivo era demostrar ante el juzgado que la resolución del INSS carecía de fundamento médico y vulneraba el principio de estabilidad en las situaciones de incapacidad reconocidas, especialmente cuando no existen datos clínicos que acrediten una mejora real.

Durante el procedimiento se presentaron informes médicos actualizados, periciales y documentación complementaria que demostraban que la trabajadora seguía presentando un cuadro clínico grave, con síntomas persistentes y sin evolución positiva significativa.

Asimismo, se subrayó que la anorexia nerviosa, más allá de su dimensión física, conlleva consecuencias psicológicas y psiquiátricas que dificultan la integración laboral y social, lo que justifica plenamente el mantenimiento de la incapacidad absoluta.

Argumentos clave de la Sentencia nº 361/2025 del Juzgado de lo Social nº 1 de Pamplona

El Juzgado de lo Social nº 1 de Pamplona, en la Sentencia nº 361/2025, acogió íntegramente los argumentos expuestos por BSC Abogados y declaró que no se había acreditado mejoría suficiente para modificar el grado de incapacidad.

La resolución judicial resalta varios aspectos importantes:

  1. Inexistencia de evolución positiva: la prueba médica aportada demostró que la trabajadora sigue padeciendo las mismas limitaciones que motivaron la incapacidad absoluta original.
  2. Ausencia de nueva valoración médica exhaustiva por parte del INSS, lo que deja sin sustento la decisión de reducir el grado.
  3. Relevancia del principio de conservación de derechos en materia de incapacidad: solo una mejoría real, estable y duradera puede justificar la modificación del grado reconocido.
  4. Protección reforzada ante enfermedades psicológicas: en patologías psiquiátricas o de salud mental, la evolución es especialmente compleja y requiere un análisis individualizado y prudente.

Gracias a esta argumentación, el Juzgado estima la demanda, deja sin efecto la resolución del INSS y mantiene la incapacidad permanente absoluta, garantizando la pensión íntegra a la trabajadora.

Qué significa esta sentencia para otras personas en revisión de incapacidad permanente

Esta victoria judicial tiene una trascendencia práctica significativa. Muchas personas que perciben una incapacidad permanente —ya sea total, absoluta o gran invalidez— pueden recibir una notificación del INSS comunicando la apertura de un procedimiento de revisión.

Dichas revisiones, si bien son legales, deben estar debidamente motivadas y apoyadas en pruebas médicas concluyentes. En la práctica, es frecuente que el INSS reduzca el grado de incapacidad alegando mejorías que no siempre se corresponden con la realidad clínica.

Casos como este demuestran que:

  • No toda revisión implica una mejora real.
  • Es posible impugnar judicialmente la decisión del INSS y recuperar el grado de incapacidad anterior.
  • El papel de un abogado especialista en incapacidad laboral es fundamental para analizar informes médicos, preparar la pericial y defender los derechos del trabajador ante el Juzgado de lo Social.

En BSC Abogados hemos comprobado que las revisiones por enfermedades crónicas, psiquiátricas o con componente psicológico (como la anorexia nerviosa, la depresión grave o los trastornos de la conducta alimentaria) requieren un tratamiento jurídico particularmente sensible y técnico.

Cómo actuar si el INSS te reduce el grado de incapacidad

Si has recibido una resolución del INSS reduciendo tu grado de incapacidad permanente absoluta a total, o incluso revocándola por completo, es importante actuar con rapidez y buscar asesoramiento legal especializado.

A continuación, explicamos los pasos esenciales:

  1. Revisar detenidamente la resolución del INSS. Comprueba los fundamentos de la supuesta mejoría y las fechas de revisión.
  2. Solicitar tu historial médico completo. Es fundamental reunir todos los informes de especialistas y centros de salud mental.
  3. Contactar con un abogado especializado en incapacidad permanente. Un profesional con experiencia sabrá valorar si existen motivos suficientes para recurrir.
  4. Presentar la demanda ante el Juzgado de lo Social. El plazo es de 30 días hábiles desde la notificación de la resolución del INSS.
  5. Aportar informes periciales actualizados. En enfermedades como la anorexia nerviosa, el apoyo de un psiquiatra o psicólogo clínico es determinante.

En BSC Abogados acompañamos a nuestros clientes durante todo el proceso, desde la fase administrativa hasta la defensa judicial, con un enfoque humano, técnico y comprometido.

Compromiso de BSC Abogados con la defensa de los derechos laborales y sociales

Este caso reafirma la filosofía de BSC Abogados: ofrecer una defensa rigurosa, empática y personalizada en cada procedimiento de incapacidad.

Nuestra experiencia como abogados laboralistas en Pamplona nos permite abordar con solvencia tanto las reclamaciones frente al INSS como los recursos ante los Juzgados de lo Social.

Además de los casos de anorexia nerviosa, defendemos a trabajadores con diagnósticos de diversa índole:

  • Enfermedades mentales: depresión mayor, trastorno bipolar, ansiedad crónica.
  • Enfermedades musculoesqueléticas o degenerativas,
  • Secuelas de accidentes laborales o de tráfico,
  • Enfermedades autoinmunes y crónicas.

En todos ellos, el objetivo es el mismo: proteger el derecho a una vida digna y a una pensión justa, especialmente cuando la persona no puede reincorporarse al trabajo en condiciones adecuadas.

Conclusión: la importancia de contar con asesoramiento legal especializado

La Sentencia nº 361/2025 del Juzgado de lo Social nº 1 de Pamplona marca un paso más en la defensa de quienes sufren enfermedades incapacitantes y se ven afectados por decisiones administrativas injustas.

Demuestra que, con una defensa jurídica sólida y una argumentación médica adecuada, es posible revertir resoluciones del INSS y mantener el grado de incapacidad reconocido.

En BSC Abogados, trabajamos cada día para que nuestros clientes se sientan respaldados y comprendidos en situaciones tan delicadas como las revisiones de incapacidad permanente.

Contacta con BSC Abogados

Si te encuentras en una situación similar o el INSS ha reducido tu incapacidad, no estás solo. En BSC Abogados te ofrecemos una primera consulta orientativa y analizamos tu caso de forma personalizada.

Contacta con nosotros en el teléfono 948 390 260 y te ayudaremos a defender tus derechos con profesionalidad y cercanía.