En BSC Abogados, despacho especializado en Derecho Laboral y en la defensa de trabajadores frente a la Seguridad Social, hemos obtenido recientemente una sentencia favorable de especial relevancia. Se trata de la Sentencia nº 577/2025 del Juzgado de lo Social nº 4 de Pamplona, mediante la cual se reconoce nuevamente la Incapacidad Permanente Total a una trabajadora que había sido sometida a un trasplante de riñón y cuyas secuelas le impedían desarrollar su profesión habitual de dependienta en una jamonería.
Este caso representa un ejemplo claro de cómo, incluso cuando el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) decide revocar una incapacidad previamente reconocida, es posible acreditar ante la jurisdicción social que el trabajador sigue padeciendo limitaciones funcionales suficientemente graves como para que se mantenga el grado de incapacidad previamente concedido. En BSC Abogados entendemos que cada situación es única y que las revisiones por mejoría deben analizarse con rigor jurídico y médico.
A continuación, detallamos el caso, su relevancia, y qué puede aportar a otras personas que se encuentran en situaciones similares.
1. La situación de la trabajadora: un trasplante renal y unas secuelas incompatibles con su profesión
Nuestra representada había sido sometida a un trasplante de riñón, una intervención mayor que, aunque pueda tener buenos resultados clínicos, suele dejar secuelas permanentes que afectan a la vida diaria y, especialmente, al desempeño profesional. En este caso, el trasplante se había efectuado en la zona delantera del abdomen, lo que supone una vulnerabilidad especial ante esfuerzos, cargas de peso y movimientos que impliquen la musculatura abdominal.
La trabajadora, cuya profesión habitual era la de dependienta en una jamonería, necesitaba realizar diariamente tareas como:
- Cargar piezas de jamón u otros productos de peso significativo.
- Realizar giros, torsiones y esfuerzos continuados.
- Permanecer largos periodos de tiempo de pie.
- Manipular objetos pesados en altura o a nivel del suelo.
Estas tareas requieren un estado físico que la trabajadora ya no podía garantizar sin poner en riesgo su salud y la integridad del órgano trasplantado. De hecho, la propia comunidad médica recomienda evitar ejercicios abdominales y esfuerzos de carga para evitar complicaciones, desplazamientos del injerto o problemas musculares y hernias en la zona intervenida.
2. Reconocimiento inicial de la Incapacidad Permanente Total… y posterior revocación
Tras el trasplante, el INSS reconoció inicialmente una Incapacidad Permanente Total para la profesión habitual, considerando que las limitaciones derivadas de la intervención imposibilitaban el desempeño de su trabajo en la jamonería.
Sin embargo, con el paso de los años, y cuando la paciente ya se encontraba estabilizada pero no recuperada en términos funcionales, la Seguridad Social decidió revocar la incapacidad, alegando una supuesta “mejoría”, basada principalmente en que no existía un rechazo activo del órgano.
Este tipo de revocaciones son cada vez más habituales. El INSS revisa periódicamente las incapacidades y, en ocasiones, interpreta la ausencia de rechazo o complicaciones agudas como una recuperación plena. Sin embargo, la ausencia de rechazo no implica la desaparición de las secuelas ni de las limitaciones estructurales que acompañan a un trasplante de riñón.
Ante esta situación claramente injusta, la trabajadora acudió a BSC Abogados, especialistas en incapacidad laboral en Pamplona, para defender sus derechos.
3. La estrategia jurídica de BSC Abogados: acreditar que las secuelas persisten aunque no exista rechazo
La clave de este procedimiento ha sido demostrar que:
- La mejoría alegada por el INSS no era real en términos funcionales.
- Las secuelas del trasplante seguían siendo incompatibles con las exigencias físicas del puesto de trabajo.
- La ausencia de rechazo del órgano no implica que exista plena capacidad laboral.
Para ello, desde BSC Abogados desarrollamos una estrategia jurídica y probatoria centrada en:
Informes médicos actualizados
Se acreditó mediante informes de especialistas que la paciente debía evitar esfuerzos abdominales, cargas de peso, movimientos bruscos y actividades que pudieran comprometer el injerto.
Pruebas periciales y documentación clínica completa
Presentamos informes que detallaban las secuelas permanentes, incluyendo dolor, debilidad muscular, riesgo de hernias y necesidad de mantener una actividad laboral ligera.
Análisis del puesto de trabajo
Demostramos que el puesto de dependienta en una jamonería exige de forma habitual cargar pesos considerables, algo totalmente incompatible para una persona trasplantada en la zona abdominal.
Jurisprudencia aplicable
Aportamos resoluciones que respaldan que el mero hecho de que el injerto funcione no elimina las secuelas que incapacitan para determinados trabajos de esfuerzo.
4. La Sentencia nº 577/2025 del Juzgado de lo Social nº 4 de Pamplona
El Juzgado, tras valorar todas las pruebas aportadas, estimó íntegramente la demanda presentada por BSC Abogados y dictó la Sentencia nº 577/2025, reconociendo nuevamente la Incapacidad Permanente Total de la trabajadora.
Entre los aspectos más relevantes de la resolución destacan:
- Se admite que las limitaciones derivadas del trasplante persisten con carácter permanente.
- Se reconoce que la profesión habitual requiere esfuerzos físicos incompatibles con el estado real de la trabajadora.
- Se concluye que la ausencia de rechazo no supone una recuperación funcional.
- Se deja sin efecto la revocación del INSS, restituyendo a la trabajadora sus derechos.
Esta sentencia constituye un importante precedente para personas trasplantadas que ven peligrar su incapacidad laboral por revisiones que no tienen en cuenta la globalidad de las secuelas.
5. ¿Qué implica esta victoria judicial para otros pacientes trasplantados?
Muchas personas en situación similar desconocen que pueden recurrir la revocación de su incapacidad y que los tribunales suelen aplicar criterios más ajustados a la realidad funcional del trabajador que los dictámenes administrativos.
Este caso demuestra que:
- La Seguridad Social no puede revocar una incapacidad basándose únicamente en datos clínicos parciales.
- Las secuelas de un trasplante renal pueden justificar perfectamente una Incapacidad Permanente Total, incluso años después de la intervención.
- Cada caso debe analizarse individualmente y con asesoramiento especializado.
6. La importancia de contar con un abogado laboralista especializado en incapacidades en Pamplona
En BSC Abogados, con sede en Pamplona, contamos con una amplia experiencia en procedimientos de incapacidad laboral, revisiones por mejoría, reclamaciones de grado y recursos judiciales.
Este caso es un ejemplo más de cómo un trabajo jurídico riguroso puede revertir decisiones injustas del INSS. La clave está en combinar:
- Conocimiento médico.
- Experiencia procesal.
- Estrategia probatoria detallada.
- Acompañamiento constante al cliente.
Tanto si se te ha denegado la incapacidad, como si te la han revocado, o estás a la espera de revisión, es fundamental recibir asesoramiento jurídico desde el inicio. Cada informe, cada prueba y cada alegación cuenta.
7. Conclusión: un paso más en la defensa de los derechos de los trabajadores
La Sentencia nº 577/2025 del Juzgado de lo Social nº 4 de Pamplona supone una importante victoria para nuestra clienta y para todas aquellas personas que, tras un trasplante de riñón, conviven con secuelas que afectan a su vida laboral.
En BSC Abogados seguiremos defendiendo con firmeza los derechos de los trabajadores frente a decisiones administrativas que no reflejan la realidad médica ni funcional de los pacientes.
Si te han revocado tu incapacidad, si consideras que no se ha valorado adecuadamente tu situación o si necesitas asesoramiento experto, estamos aquí para ayudarte.
BSC Abogados. Contacta directamente con nosotros en el 948 390 260.